DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a: ANDRADE SOTO PEDRO JOSE antes identificados, con motivo de la comisión del delito de CONTRABANDO, previsto y sancionado en el articulo 104 de la Ley Orgánica de Aduanas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 4 del Código Orgánico Procesal penal. Así se decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
ABG. YANYS MATHEUS SUAREZ
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
LA SECRETARIA DE SALA
ABG. GLOMERIS ARIAS
En esta fecha quedó registrada la presente decisión y se le .....