En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos CARLOS ENRÍQUE ZERPA HERNÁNDEZ y ZENAIDA JOSEFINA GONZÁLEZ", venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges entre sí y titulares de las cédulas de identidad números V-14.121.277 y v-9.892.820, respectivamente, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 12 de diciembre de 1997, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio San Casimiro, estado Aragua, bajo el Acta N° 44, folio 130 y vlto, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados al efecto por ese Despacho durante el año 1997.