Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ha decidido:
Primero: declarar SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el Ordinal 8º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, -referente a la existencia de una cuestión prejudicial- opuesta por la representación judicial de los ciudadanos Solange Ariani Hernández Rengifo y Mario Antonio Pérez Araujo venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y con cédulas de identidad Nos. V-6.432.166 y V-6.112.683, respectivamente, con ocasión de la demanda de cumplimiento de contrato propuesta en su contra por los ciudadanos Irene Duberliz Durán de León y Elvis Elías León Torres, venezolanos, mayores de edad y con cédulas de identidad Nos. V-11.558.372 y V-9.961.625, respectivamente;
Segundo: como co.....