Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por ACCIÓN REIVINDICATORIA incoara la sociedad mercantil INVERSIONES TREINTA Y TRES, C.A., contra la sociedad mercantil MULTISERVICIOS 745, C.A., ampliamente identificadas al inicio de esta decisión, DECLARA: Se ordena remitir mediante oficio, copia certificada de la reforma de la demanda, del auto que la admite así como de la presente decisión al Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, a fin que en el documento protocolizado en fecha 18 de enero de 2012, bajo el Nº 2012.48, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el número Nº 241.13.16.1.9705, correspondiente al Libro Real del año 2012, proceda a realizar la anotación o inscripción de la misma, y así dejar constancia expresa de la existencia de este.....