este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA: PRIMERO: Se suspende el proceso en la presente causa seguida contra del ciudadano AMÁBILIS ANTONIO NAVEDA SILVA, quien es venezolano, de 26 años de edad, titular de la Cédula de identidad N° 15.559.169, comerciante domiciliado en el caserío santa rosa de Sauca, Municipio Píritu del estado Falcón, estado Falcón, por la comisión del delito de Acoso y amenaza previstos y sancionados en los artículos 40 y 41 de la Ley orgánica sobre del derecho de la Mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de la Ciudadana MARIA ROMERO QUERO, hasta el cabal cumplimiento de la obligación impuesta por el lapso de Un año contado a partir de la fecha 24 de Noviembre de 2008, con la advertencia al acusado de los efectos y beneficios sobre la suspensión condicional del proceso. SEGUN.....