Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Rectificación de la partida de defunción solicitada por la ciudadana Gisela Margarita Mata Rojas, plenamente identificada en autos y, en tal sentido, ordena que se rectifique el error mencionado en los términos siguientes: Donde se lee "casado con Rosa Rojas de Mata", deberá leerse: "DIVORCIADO", como real y legalmente corresponde.