esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 86.7 eiusdem, DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta por el Abogado JUAN CARLOS PALENCIA GUEVARA, en su condición de Juez Suplente de este Despacho Judicial, el día 19 de marzo de este año, en el asunto penal N° IP01-R-2009-000016, seguido ante este Tribunal contra los ciudadanos JOEL COLINA, ZULAY MEDINA, JHOANNY MORILLO Y LILENIS RODRÍGUEZ por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes de Delito.