Por las motivaciones que preceden, este Juzgado Segundo de Ejecución y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA, al ciudadano RELIBERTO JOSÉ PIÑA quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.347.063, domiciliado en el Sector "Los Cotejos", calle principal, casa sin número, Mene de Mauroa, Estado Falcón, actualmente bajo Suspensión Condicional de la Pena. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal artículo 105 del Código Penal venezolano. Notifíquese al Ministerio Público, a la defensa. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario y al Internado Judicial de esta ciudad, informándole lo acordado en la presente resolución. . Cúmplase.
El Juez Segundo de Ejecución
Abg. Saturno Ramírez Zorrilla
La Secretaria
Abg. Maysbel Martínez