Este despacho judicial a cargo de la Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la petición de Divorcio incoada por los ciudadanos FERNANDO JOSE AYALA MORGADO y KELSI YASMIN MARQUEZ RAMOS, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-13.193.936 y V-16.549.005, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el Matrimonio Civil que contrajeron el día 28 de mayo de 1999, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, cuya acta de matrimonio fue inserta en el libro de Matrimonios del año 1999, bajo acta N° 101.
Respecto a la patria potestad, responsa.....