III
Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
Primero: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentado en el Artículo 185-A, solicitada por los ciudadanos ALEXIS JAVIER ARAGOT ORTA y NIURKA ZENAIDA HEREDIA OCHOA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos V-13.691.500 y V-14.203.755, respectivamente; en consecuencia, se Declara Disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual fue contraído entre ellos por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda, en fecha 10 de enero de 1996, según se evidencia en Acta Matrimonio, anotada bajo el Nº 01, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese Desp.....