Por las razones expuestas este JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales, incoada por el ciudadano RAÚL ALEJANDRO SANCHEZ OCHOA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V.-5.681.787, en contra de la empresa LABORATORIOS VARGAS, S.A., sociedad mercantil inscrita por ante Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital y Estado Miranda), bajo el N° 90, Tomo 9-A, en fecha de 27 de junio de 1995; en consecuencia se condena a la parte demandada a pagar los conceptos determinados en la parte motiva de la presente decisión, cuyos montos serán calculados por un experto designado por el Juzgado de Sustanciación Medi.....