-III-
En virtud de lo antes planteado, esta Sala de Juicio Novena del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, haciendo uso de sus amplias facultades y de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente modifica la Medida de Protección en Entidad de Atención que se ejecutaba en la Fundación Amigos del Niño que Amerita Protección (FUNDANA), para lo cual se ordena el egreso del niño de dicha entidad, y en su lugar decreta Medida de Protección de Colocación Familiar a favor del niño (...), de cinco (05) años de edad, en el hogar de la ciudadana POLICARPA QUEZADA DE SERRANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 12.455.248, quien reside en la siguiente dirección: Entrada de el Barrio El Winche, sector Las Malvinas, Filas de Mariche, Petare.....