este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en acatamiento a las disposiciones contenidas en el artículo 514 de la referida Ley, declara DESISTIDO el presente procedimiento, y en tal virtud, se ordena el cierre y archivo definitivo del expediente, advirtiéndole a la parte solicitante, que este desistimiento extingue la instancia, sin embargo podrá intentar nuevamente su solicitud, una vez haya transcurrido un (01) mes, contado a partir del día siguiente al de hoy. Devuélvanse a la solicitante los originales que consignó en el expediente, previa certificación en autos. Cúmplase.
Publíquese y Regístrese.