Se DECLARA la CONVERSION en DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos: JOSÉ ARÍSTIDES CARMELO CHACÓN e YNGRID MIGDALIA CEBALLOS HERRERA, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nº V-7.943.265 y V-13.160.460 respectivamente, y en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial contraído por los mismos.