Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, intentada por los ciudadanos MANUEL ALEJANDRO RUIZ PEREZ y ASTRID MARIE VILERA ARELLANO, ampliamente identificados en autos, fundamentada en los Artículos 185, 188 y 189 del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha treinta y uno (31) de agosto del año dos mil cinco (2005), ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio Nº 155.