este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley: Declara ejecutada la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, a los ciudadanos VICTOR DAVID MILLAN MILLAN, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V.-24.351.627, y FRAKNMIR JESUS NAVARRO BARRIOS, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V.-22.602.597, fueron sentenciados a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y el delito de AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal, y CINCO (05) AÑOS DE PRI.....