PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la oposición formulada por la parte actora en contra de la persistencia en el despido por parte de la demandada.
SEGUNDO: Se condena a la empresa LA FAYETTE MERCANTIL S.A., a cancelar al ciudadano ALEJANDRO RAMÓN MONTES PINTO la suma de SEIS MILLONES DOCIENTOS SETENTA Y CUANTRO MIL SETECIENTOS VEINTE BOLÍVARES CON CUARENTA Y SEÍS CÉNTIMOS (Bs. 6.274.720,46) por los siguientes conceptos y montos: Prestación de Antigüedad, en fundamento al Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, Bs. 2.228.332,5; Indemnización por Despido Injustificado: Bs. 742.777,50; Indemnización Sustitutiva del Preaviso: Bs. 742.777,50; Vacaciones Fraccionadas: Bs. 262.499,96; Utilidades Fraccionadas: Bs. 262.499,96; Bono Vacacional Fraccionado: Bs. 122.499,98 y Salarios Caídos Bs. 1.913.333,06.
TERCERO: Se ordena el pago de los Intereses por Prestaciones Sociales para lo cual se nombrará un único experto quien realizará los cálculos, tomando como fundamento el tiempo efect.....