...Observando el Tribunal que en el presente caso, se trata de un supuesto donde aparece igualmente como agraviante una autoridad Municipal; y en la decisión citada, que es posterior a la citada en el auto de admisión de la demanda, para fijar la competencia, se da preferencia no al tribunal de Primera Instancia del Estado Nueva Esparta sino al Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región NorOriental, con sede en Barcelona, con lo que se establece un nuevo criterio.
Siendo que, como lo afirma el representante de la parte querellada, la naturaleza del derecho constitucional supuestamente violado, es Tributaria, en consecuencia, el Tribunal competente más afín con esa naturaleza Tributaria del recurso de amparo constitucional incoado por la Asociación Cooperativa San José Obrero, lo es el Juzgado Superior en lo Contencioso Tributario, con sede en la ciudad de Barquisimeto, por lo que este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana .....