III
Parte Dispositiva
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Reclamo de la experticia complementaria del fallo interpuesta por la parte codemandada COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV) en el juicio que por Beneficio de Jubilación sigue el ciudadano ALONSO JOSE ALVAREZ MALAVE contra las Sociedades Mercantiles COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV) y TELECOMUNICACIONES MOVILNET, C.A., presentada por la Experta Contable Lic. Migdaly Isturiz, por las fundamentaciones expresadas en la parte motiva de este fallo.
En este orden de consideraciones y con el objeto de establecer los honorarios profesionales de los expertos, este Juzgado en acatamiento .....