En virtud de la solicitud de Liquidación de Comunidad Conyugal presentada por los ciudadanos Pedro Nicolás Lacle Flores Y Gladys Jesús Flores González, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa dicha solicitud de Liquidación de Comunidad Conyugal presentada por los ciudadanos: Pedro Nicolás Lacle Flores Y Gladys Jesús Flores González, en los términos por ellos expuestos, le da el carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente. Expídase por secretaria la copia certificada solicitada.