Por lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estdo Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a los ciudadanos: Yotcely Perez Rodríguez, cédula de identidad: 15.558.025, Maryonis Berrio Amaya, cédula de identidad 15.703.468 y Alexander José Ollarves Perez, 17.518.561 domiciliados en la Urbanización Independencia, Sector Tierra Adentro a la Altura del Cerro Buenos Aires, Casa sin numeración, frente a un taller mecanico, Mcpio. Colina - Estado Falcón, las medidas cautelares previstas en los Ordinales 3° y 6° del del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Remitase las actuaciones que conforman el presente asunto a la Fiscalia Décima del Ministerio Público en su oportunidad procesal. Es todo. Cumplase.
LA JUEZ QUINTA DE CONTROL
ABG.YELITZA SEGOVIA
LA SECRETARIA DE SALA
ABG. CARYSBEL BARRIENTOS