En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada en contra sentencia de fecha 06/02/2012 emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se modifica el fallo recurrido en relación a reducción de los días de antigüedad; días domingos y horas nocturnas; TERCERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana VIDA LUZ DOMINGUEZ en contra del ciudadano PEDRO ENRIQUE GOMEZ CALDERON. En consecuencia se ordena a la parte demandada al pago de los conceptos y montos condenados en la parte motiva del fallo, y una vez obtenido el monto se deberá deducir la cantidad de Bs. 5.000,00. CUARTO: No hay condenatoria en .....