Decisiones del dia 30/07/2007
N° Expediente :
1946
N° Sentencia :
Fecha: 30/07/2007
Procedimiento: Sin Lugar Recurso De Apelación
Partes: ABOGADA: SONIA DOMMAR PELLICER, DEFENSORA PÚBLICA 73° PENAL, EN SU CARÁCTER DE DEFENSORA DEL CIUDADANO PONCE BARRIOS JOSÉ DANIEL.
Resumen:
DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada SONIA DOMMAR PELLICER, Defensora Pública Septuagésima Tercera de la Unidad de Defensa del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora del ciudadano PONCE BARRIOS JOSE DANIEL, en contra de la decisión dictada en fecha 23 de Mayo de 2007, por el JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual se dicta el siguiente pronunciamiento: “…de tal manera que es forzoso para este Tribunal declarar sin lugar la solicitud presentada por la Defensora Pública N° 73 Penal Abg. SONIA DOMMAR, por improcede.....
Juez/Ponente:
José Rodríguez
Organo:
Corte de Apelaciones 1
N° Expediente :
05560
N° Sentencia :
Fecha: 30/07/2007
Procedimiento: Querella Funcionarial
Partes: YOLANDA TERESA TOVAR DE LIENDO VS. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
Resumen:
Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada NILIA VELÁSQUEZ, apoderada judicial de la ciudadana YOLANDA TERESA TOVAR DE LIENDO, antes identificadas, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, y en consecuencia:
1.- SE ORDENA: El pago de los intereses de mora generados por el retardo en el cumplimiento del pago de las prestaciones sociales, de conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tomando en cuenta para ello la tasa prevista en el literal C del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, en consecuencia, debe pagársele a la actora los intereses moratorios producidos desde el 01 de octubre de 2003, calculados en .....
Juez/Ponente:
Alejandro José Gómez Mercado
Organo:
Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo.