PRIMERO: INADMISIBLE, el recurso de apelación interpuesto en fecha 13 DE ABRIL DE 2012, por la abogada YAEL DE JESÚS BELLO TORO, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, sociedad mercantil C.A., CERVECERÍA REGIONAL, en contra de la decisión dictada en fecha 3 DE ABRIL DE 2012, por el JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, que declaró perimida la instancia, conforme lo establecido en el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de resolución de contrato de venta con reserva de dominio, incoado por la sociedad mercantil C.A., CERVECERÍA REGIONAL, en contra de la empresa DISTRIBUIDORA CAMÓN, C.A., todo conforme al artículo 891 del Código de Procedimiento Civil, en concatenación con el artículo 2 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 DE MARZO DE 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 2 DE A.....