Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Segundo de Ejecución de penas y medidas del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONCEDE EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO al penado: EIVAR RAFAEL RIVAS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad 13.067.469, actualmente recluido en este internado Judicial. Todo de conformidad con el artículo 479 del Código orgánico procesal Penal en concordancia con el artículo 501 ejusdem, beneficio que cumplirá en el Centro de Tratamiento Comunitario "Francisco Canestri", ubicado en: Edificio Anexo del Centro de Reclusión "La Planta", Avenida Páez, al lado del IUNET, Caracas- Venezuela, donde permanecerá cumpliendo con las normas impuestas en dicho centro. Igualmente se impone al penado las condiciones siguientes: PRIMERO: Establecerse Laboralmente en la oferta laboral consignada al Tribunal. SEGUNDO: no portar ni posee.....