-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Circuito Judicial de Protección del Niño y del adolescente del Area Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio Novena Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de FIJACION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana YARITZA JOSEFINA GUZMAN PALOMINO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-16.286.492, en representación de la niña (...) año de edad, contra el ciudadano HENRY JOSE ZUÑIGA CAMACHO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-12.174.869, en consecuencia, se fija por concepto de obligación alimentaria la cantidad de BOLIVARES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (250.000,00) equivalente a BOLIVARES FUERTES DOSCIENTOS CINCUENTA (Bs. F. 250,00) mensuales, más la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (50.000,00) en.....