En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, interpuesta por HEYMER CAROLINA PIMENTEL MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-14.263.623, representada por la Fiscal Octava del Ministerio Público, abogada Nellys Puerta Reyes, en contra del ciudadano ALEJANDRO JOSÉ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.444.641, con relación al niño XXXXX, en consecuencia, se establece un Régimen de Convivencia Familiar para el ciudadano ALEJANDRO JOSÉ PÉREZ con relación a su menor hijo, el niño XXXXX en los siguientes términos:.....