DISPOSITIVA
Sobre la base de los argumentos antes esgrimidos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, impartiendo Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se revoca la medida cautelar sustitutiva de la privación judicial de libertad a que fue sometido el ciudadano JULIAN ENRIQUE MEJIAS ALZURU, de nacionalidad Venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº- 6.968.172, nacida en fecha 02/03/1967, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Vigilante de una Contratista, hijo de Julián Mejías Medina y Rosalía de Mejías (+), natural de Caracas y residenciado en el Sector Libertador, Avenida San Martín, Casa Nº 10, de color verde con amarillo, al lado de la cancha deportiva, Punto Fijo, Estado Falcón, condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION por el delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ES.....