DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, acuerda DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho CAROLINA ALEJANDRA DOMÍNGUEZ, en su carácter de Fiscal Municipal Tercero del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, quien recurre conforme lo dispuesto en los artículos 447 numeral 5 y 448 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del pronunciamiento dictado el 31 de mayo de 2012, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en función de Juicio de Circuito Judicial Penal, en la audiencia establecida en el artículo 384 del Código Orgánico Procesal Penal, en la cual "DECLARA SIN LUGAR la solicitud de nulidad invocada por la representante del Ministerio Público, en contra de la compar.....