Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN suscrita entre el ciudadano RENNY ARAQUE y la empresa ASPEN PHARMA, S.A., mediante cheque de gerencia Nº 70006317, emitido por el Banco Mercantil de la cuenta Nº 01050725152725006317, de fecha 01/10/2014, por la cantidad CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS. (Bs. 51.844,40), a nombre del ciudadano RENNY MOISES ARAQUE RODIRGUEZ, ambas partes suficientemente identificadas, la cual se le confiere efecto de Cosa Juzgada. Asimismo se les acuerda la expedición de 2 juegos de copias certificadas a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 21 ordinal 3 de la Ley Orgánica Procesal del Tra.....