este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, Hace las siguientes consideraciones antes de pronunciarse. En relación a lo expuesto por la defensa publica, debemos recordar lo expuesto por el Ministerio Publico, donde presuntamente hubo tres ciudadanos que cometieron el delito, y siendo aprehendidos dos ciudadanos y en días siguiente el imputado en sala. Con relación a lo que manifestó la defensa con relación al supuesto reconocimiento en sala de individuo, queda constancia en sala donde la victima expuso que es muy parecido, pero en ningún momento se dirigió al imputado como la persona que hubiese efectuado el acto, en el cual fue despojado de sus objetos de valor y de su vehiculo. No identifica directamente al imputado.