Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA:
• PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Divorcio interpuesto por la Ciudadana: LIDESE RAMONA ACOSTA, en contra la Ciudadana EZEQUIEL ANTONIO GARCIA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 6.127.380 y V-5.355.269, respectivamente, domiciliados la primera en la Urbanización Las velitas bloque 30 Apt. 00-01, Municipio Miranda del Estado Falcón y el segundo en la Carretera Coro La Vela, sector Sabana Larga, calle 9, casa S/N, diagonal a la casa de la Sra. Petra Garcia, Municipio Colina del Estado Falcón. En consecuencia, se declara disuelto el Matrimonio Civil contraído por dichos ciudadanos por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Miranda del Estado Falcon, el día 15 de Mayo de 2002, según acta Nr.....