Por las razones antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Primero: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentada por el ciudadano: REUDY GABRIEL MIQUILENA PIÑEREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.112.374, contra la ciudadana, NAHOMI YENIREE MAVAREZ BRACHO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-24.659.277, ambos de este domicilio, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los precitados ciudadanos, contraído ante el Registro Civil del Municipio Miranda del estado Falcón, en fecha 18/12/2014, mediante Acta Nº 506. Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedim.....