III
DECISIÓN
Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Su COMPETENCIA para conocer del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto conjuntamente con solicitud de Medida Cautelar de Amparo, presentado por el ciudadano JESÚS ALBERTO CALDERA, titular de la cédula de identidad Nº V-11.800.865, asistido por el abogado ALÍ MANUEL BRACHO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 152.042, contra el CUERPO DE POLICIA BOLIVARIANA DEL ESTADO FALCÓN.
Segundo: SE ADMITE en cuanto ha lugar en derecho. Cítese al ciudadano PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO FALCÓN, y envíese copia certificada del escrito contentivo de la querella, de todos los anexos y del presente auto, lo que se hará una vez sean provistas las copias por la querellante, para qu.....