En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en sede Inquilinaria, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la acción por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL que sigue el (la) ciudadano (a) GLADYS JOSEFINA MEDINA DE BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.830.104; contra el ciudadano LUIS ALBERTO OCHOA FORERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.312.797; conforme a lo previsto en el artículo 40, literales "a" e "i" del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación de Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial; y en consecuencia, se ordena a la demandada a realizar la entrega del inmueble constituido, por un local comercial, identificado con el N° 69-B, ubicado en la Avenida Manaure, entre Calle Garcés y calle.....