En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado ARNALDO LUGO NAVARRO, en su carácter de apoderado de judicial de la SOCIEDAD CIVIL UNIÓN DE CONDUCTORES LÍNEA CENTRAL, S.C., mediante diligencia de fecha 5 de noviembre de 2010.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción de esta Circunscripción Judicial, en fecha 29 de octubre de 2010, mediante la cual declaró con lugar la demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS, intentado por los ciudadanos EMILIO MORÓN, OSMER TESTA, ORESTE EREU, LUIS GUEVARA, JOSÉ MATOS, CARLOS NARANJO, JESÚS MATOS, RAFAEL ROMERO, GASPAR MATOS, JOSÉ GALUÉ, FORTUNATO MEDINA, D.....