Por todo lo antes expuesto este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: Se le impone al ciudadano imputado CARLOS ALBERTO RUJANO, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.348.055, fecha de nacimiento 05-03-1983, de 28 años de edad, Residenciado sector Santa Juana, calle Playa Alegre, cerca del bar playa alegre, S/N , Municipio Zamora, estado Falcón, la aprehensión en flagrancia y la aplicación conforme al artículo 356 y siguientes del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, para el juzgamiento de los delitos menos graves. Segundo: Se decreta LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO con un régimen de prueba de OCHO (08) MESES y se le imponen las siguientes condiciones: 1.- REALIZAR DOS HORAS DE TRABAJO COMUNITA.....