En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA conforme a lo dispuesto en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución Nacional, la libertad a los ciudadanos ALIENIS JOSE DIAZ GUANIPA y DANIEL RAFAEL DIZA GUANIPA, venezolanos, de 21 y 18 años de edad, solteros de profesión u oficio Pescador y Comerciante, manifestaron ser titulares de la cédula de identidad Nro. 19.441.777 y 19.441.776, nacidos en fecha 09-11-1985 y 10-11-1987, ambos residenciados en la Villa Marina, calle libertador casa sin numero, Municipio los Taques, Estado Falcón; en consecuencia, se ordena librar la respectiva boleta de libertad y los oficios correspondientes