En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, resuelve que en las presentes actuaciones se llenan loe extremos de ley para DECLARAR TÍTULO SUFICIENTE y ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano WILLIAMS JOSÉ NAVARRETE CHIQUITO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N° V.-5.292.232, en su condición de CONYUGUE a la ciudadana: ZULY MARÍA JIMÉNEZ DE NAVARRETE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V- 4.131.167, y en su condición de HIJA, a la ciudadana: ALEJANDRA MARÍA NAVARRETE J.....