Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de conforme a lo previsto en la sentencia de fecha 09/12/2016, Nº 1070 y sentencia N° 136 de fecha: 30-03-2017, presentada por el (la) ciudadano (a): CARMEN VIRGINIA GONZALEZ LUGO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.709.226, domiciliada en la Urbanización Independencia, Primera Etapa, Calle 2, Casa Nº 5, diagonal al auto lavado, Parroquia San Gabriel, Municipio Miranda del estad.....