administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: SE DECLARA INADMISIBLE por inepta acumulación el recurso de apelación conjuntamente con acción de amparo constitucional interpuesto ROMUALDO DARIO RODRIGUEZ GARCIA actuando nombre y representación de la Sujeción Rodríguez García, asistido por el abogado Romy Leonel Vargas, contra la decisión proferida por el Tribunal Primero en funciones de Control de esta sede Judicial en la causa principal IP01-P-2009-003450 mediante la cual en fecha 09/12/2010 negó la entrega del vehiculo con las siguientes características: PLACAS: GBW746, SERAL CARROCERIA: Fj40911775, SERIAL DE MOTOR: 2F249925, MARCA: Toyota, MODELO: Land Cruiser, AÑO; 1978, COLOR: Gris y Negro, CLASE ; Rustico, TIPO: Techo Duro, USO: Particular, con fundamento en el artículo 78 del Código de Procedimiento Civil aplicable de manera supletoria, por remisión expresa del Código Orgánico Procesal Pena.....