Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del asunto seguido contra KENDRY HOYTE, Indocumentado, residenciado en: Calle Monseñor Riera, Casa N°: 2-A, Cumarebo Municipio Zamora del Estado Falcón, con motivo de la presunta comisión del delito de: LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el articulo 418 del Código Penal Venezolano en perjuicio de la menor: ANDREINA RODRIGUEZ, y Declara Extinguida la Acción Penal en la presente causa, de conformidad con el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
ABG. GLORIA MARIA VARGAS VARGAS
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG. LYDDA BENITEZ
SECRETARIA DE SALA