DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA: Sin lugar la solicitud de Libertad Plena de la Defensa y decreta la libertad bajo la imposición de MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, conforme a lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° en concordancia con el artículo 260 del COPP, consistente en la presentación cada Quince (15) días por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Público al ciudadano: ALEJANDRO JOSE DUMONT, Venezolano, de 37 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, natural de Tucaras, Titular de la cédula de identidad N° V- 8.600.925, natural y residenciado en la Calle Miranda, Casa Don Juancho, Tucacas Municipio Silva del Estado Falcón, por estimar que se encuentra incurso en la comisión del Delito de: CONTRABANDO, previsto y sancionado en el artículo 104de la Ley Orgánica de Aduanas. Se libró la correspondiente boleta de Libertad. Remítase las.....