PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO, seguido contra de los investigados ciudadanos: JOSE GREGORIO RUIZ GARCIA Y JOHENDER DE JESUS PEREZ DELGADO, por la presunta comisión del delito de: POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano, por lo que se declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto IP02-P-2015-000410, de conformidad con el Articulo 300 Ordinal 4° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto cualquier medida cautelar decretada contra el sobreseído de marras, en relación al asunto IP02-2015-000410. TERCERO: oficie al sistema SIIPOL, con el fin que los ciudadanos: JOSE GREGORIO RUIZ GARCIA Y JOHENDER DE JESUS PEREZ DELGADO, sean excluidos de pantalla de mencionado sistema. Y ASI SE DECIDE.-
Regístrese, Publíquese, Notifíquese a la Fiscalía 21° del Ministerio Publico, de.....