ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTE, es por lo que en base al Principio de Economía Procesal y previa la revisión de las actas procesales DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA N° IP01-D-2010-000032: en el cual es imputado el ciudadano: RANGER EDUARDO CHIRINO ANDASOL, venezolano, adolescente, titular de la cedula de identidad Nº- V 21.676.853, estado civil: soltero, edad 16 años, fecha de nacimiento: 06 de marzo de 1993, domiciliado en la Calle Miguel López García, Barrio Cruz Verde, casa s/n, cerca de la escuela Miguel López, teléfono 0426-625-8911,quien fue imputado por el presunto delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICA, previsto y sancionado en el artículo 153 del DE LA Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con las disposiciones legales contenidas en el articulo 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente, considerando proceden.....