VEREDICTO
ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base en los artículos 21, 26, 49, y 257 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, 185, Ordinal 3ero del Código Civil, 7, 11, 12, 14, 15, 16, 202, 242, 243, 506, 507, 508, 509, 510 y 757 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de divorcio incoada por la ciudadana CIRIA COROMOTO BRACHO GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17.586.352,con domicilio en el sector Los Claros Carretera Nacional Falcón-Zulia Parroquia San Félix Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistida por la abogada OLGA LOPEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el número 29.993, en contra del ciudadano JOSE RAFAEL CASTRO, Venezolano, mayor de edad, titul.....