Por los fundamentos expuestos, este Juzgado TERCERO de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la solicitud de Imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventiva de Libertad incoada por el Fiscal PRIMERO del Ministerio Público del Circuito Judicial del Estado Falcón con sede en Coro, ciudadano DR. JOSÉ ALBERTO GARCÍA, en contra del ciudadano ARTURO JOSÉ CAMACHO CAMACHO, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el Artículo 411 del Código Penal Venezolano, perpetrado en perjuicio del ciudadano que en vida respondiera al nombre de OSCAR RAMÓN LUGO; SEGUNDO: SE DECRETA en favor del aludido ciudadano las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad, previstas en los numerales 3°, 4° y 9° del Artículo 25.....