En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Quinto de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ACUERDA con fundamento a la solicitud de la Defensa Pública Primera Penal, el traslado del imputado, FELIX JOSÉ LÓPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.488.564, a quien este Tribunal en fecha 04-03-08 les decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad conforme a los artículos 250, 251 y 252, todos del Código Orgánico Procesal Penal por la comisión del delito de de Distribución Menor de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, desde el Internado Judicial de Coro hasta el Retén Policial de la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales del estado Falcón, donde permanecerá recluido a la orden de este Juzgado, todo conforme al artículo 43 de la Constitución de la.....