este Tribunal Segundo en funciones de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA con lugar la solicitud fiscal e impone al adolescente Imputado IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, medida cautelar de conformidad con el artículo 582 literal c, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, consistente en presentaciones cada 8 días por ante este Tribunal; Se ordena la realización del examen psicosocial al adolescente, por la presunta participación o autoría del delito de Aprovechamiento de Vehículos provenientes del Hurto. SEGUNDO: Se decreta el Procedimiento ordinario en el presente asunto. TERCERO: Se ordenó Librar la correspondiente boleta de libertad. CUARTO: Notifíquese a las partes de la publicación in extenso del auto motivado. QUINTO: Notifíquese por cartelera a la víctima.....