En consecuencia este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, analizadas como en efecto han sido las actas policiales que acompañan la presente solicitud, acuerda Decretar la Libertad, de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor del ciudadano: Wilfredo Ramón García Ramírez, titular de la cédula de identidad N°V- 13.933.081, de 27 años de edad, soltero, residenciado en el Sector Santa Rosalía, calle Principal, casa N°20 Estado Falcón.
Ahora bien en esta misma fecha se recibe oficio N°: 2J-1778-2006 del Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, donde informa que en fecha 07-07-2006, le fue REVOCADA LA MEDIDA CAUTELAR en el asunto IP11-P-2004-000297 otorgada al ciudadano WILFREDO RAMON GARCIA RAMIREZ anteriormente identificado y le DEC.....